AddThis Smart Layers

Enews And Updates

Muerte a la carta


Por lo general ya sabemos a que nos referimos cuando hablamos sobre la pena de muerte…. “ejecución de un condenado por parte del Estado, como castigo por un delito establecido en la legislación

La ejecución de criminales y disidentes políticos ha sido empleada por casi todas las sociedades en un momento u otro de su historia, tanto para castigar el crimen como para suprimir la disensión política.

En muchos países donde aún se aplica la pena de muerte, se la reserva como castigo para crímenes de asesinato, espionaje, traición, o como parte del Derecho militar. En algunos países se aplica también para castigar delitos sexuales, la apostasía (renuncia formal a la propia religión), el narcotráfico, el tráfico de personas y los casos graves de corrupción política. En algunos países la pena de muerte se utiliza por motivos políticos, con la máxima difusión posible, como «escarmiento» de masas.

Ahora bien, la pena de muerte es un tema muy controvertido. Los partidarios de esta argumentan que su aplicación reduce el delito, previene su repetición (si está muerto mucho no podrá hacer) y es una forma de castigo adecuada para el asesinato (Ojo por ojo y diente por diente). Los detractores argumentan que el crimen no se reduce más que condenando a cadena perpetua, los derechos humanos se violan, se puede llegar a ejecutar personas inocentes, y supone una discriminación de hecho contra las minorías y los pobres que puedan no tener recursos suficientes en el sistema legal.

Algunas observaciones sobre la pena capital hechas por “autores eminentes son que”:

Es ineficaz: la estadística demuestra que en los países que ha sido suprimida, su abolición y su reemplazo por un castigo menos inhumano, no ha causado aumento de la criminalidad.

No intimida: Jamás detuvo al criminal resuelto a cometer el crimen.

No es moralizadora: Las ejecuciones siempre han ocasionado escenas bochornosas y es por eso que se ocultan en un rincón de las cárceles.

No es necesaria: Pudo serlo en siglos precedentes, pero nunca hoy cuando el Estado dispone de establecimientos que aseguran la vigilancia de los detenidos y de medios suficientes de correción para prevenir nuevos crímenes.

Es contra la doctrina de la enmienda porque destruye al sujeto.

Y sobre todo es irreparable, la objeción dominadora sin duda y sin réplica….

¿Qué opinas de la pena de muerte?



No hay comentarios :

Publicar un comentario

 

TOP 3